Para poder solicitar este permiso, los dependientes de funcionarios diplomático, consular, administrativo y de organismos internacionales acreditados en la República de Panamá, tienen que ser reconocido previamente por acuerdos bilaterales.
Los dependientes de personal con cargo diplomático, consular, administrativo y de organismos internacionales acreditados en la República de Panamá podrán solicitar un permiso de trabajo válido por el término de la permanencia en el país del personal de la misión diplomática, consular o internacional. Los solicitantes deberán cumplir con lo siguiente:
Requisitos para Permiso de Trabajo para Trabjador Migrante Dependiente de Personal Diplómatico, Consular, Administrativo y Organismo Internacionales Acreditados en la República de Panamá:
1. Carta expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores, solicitando el permiso de trabajo para el trabajador extranjero dependiente de personal diplomático, consular, administrativo y de organismos internacionales acreditados en la República de Panamá.
2. Copia simple de las generales del pasaporte del personal con cargo diplomático, consular, administrativo y de organismos internaciones acreditados en la República de Panamá.
3. Copia simple de las generales del pasaporte del trabajador migrante dependiente de personal con cargo diplomático, consular, administrativo y de organismo internacionales acreditados en la República de Panamá.
4. Certificación expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en donde certifica el estatus de la persona diplomática que ostenta el cargo diplomático, consular, administrativo o de organismos internacionales acreditados en la República de Panamá.
5. Copia del carné expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores del personal con cargo diplomático, consular, administrativo o de organismos internacionales acreditados en la República de Panamá.
6. Copia del carné expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores del trabajador extranjero dependiente de personal con cargo diplomático, consular, administrativo y de organismos internacionales acreditados en la República de Panamá.
Primera vez: Mientras dure la misión
Renovación del carné: Cada 5 años
Para solicitar Permiso de Trabajo paraTrabajador Migrante Dependiente de Personal Diplomático, Consular, Administrativo y de Organismos Internacionales Acreditados en la República de Panamá Contáctenos
nuevo decreto mitradel panama, mitradel panama requisitos, mitradel panama requisitos permiso de trabajo, ministerio de trabajo panama permiso de trabajo, empleos en panama sin permiso de trabajo, extranjeros en panama sin permiso de trabajo, renovación permiso de trabajo panama, estatus permiso de trabajo panama, Decreto Ejecutivo No. 6 del 13 de abril de 2023, mitradel, ministerio de trabajo, ministerio de trabajo en panama, permiso de trabajo panama, panama permiso de trabajo, mitradel panama permiso de trabajo, permiso para trabajar en panama, panama permiso laboral, panama permisos laborales, para trabajador migrante que equivalen a mano de obra Decreto Ejecutivo No. 6 del 13 de abril de 2023, mano de obra local Decreto Ejecutivo No. 6 del 13 de abril de 2023, para trabajador migrante que equivalen a mano de obra local, para trabajador migrante que equivalen a mano de obra local panamá, mano de obra local, mano de obra local panama, equivalente a mano de obra, equivalente a mano de obra en panama, panama mano de obra, panama obrero, panama clase obrera, permiso de trabajo para mano de obra local, mano obrera local, mano obrera panama extranjero, mano de obra local por dependiente consular panama, mano de obra local por dependiente diplomático panama, mano de obra loca por dependiente administrativo panama, permiso de trabajo por dependiente consular panama, permiso de trabajo por dependiente diplomático panama, permiso de trabajo dependiente administrativo panama, renovación de permiso de trabajo dependiente panama, permiso de trabajo 1F, permiso de trabajo 1 F, abogados para permiso de trabajo