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Visa de Turista en Panamá

 

La Visa de Turista es para aquellos extranjeros que, para ingresar en Panamá, es obligatorio que el extranjero visitante posea una Tarjeta Especial de Turismo o la Visa de Turista, con excepción de aquellos países con los cuales Panamá haya suscrito Convenios de Supresión de visa de turismo. Las Tarjetas de Turismo o Visas de Turismo tienen un período de validez por un término no mayor de noventa (90) días o tres (3) meses.

Para la República de Panamá, se consideran turistas a todas aquellas personas extranjeras que ingresen ocasionalmente en el territorio nacional sin ánimo de establecer su residencia en este país, ni de abandonar su residencia de origen mientras se encuentren en Panamá, siempre que ingresen con la finalidad exclusiva de recreo, compras, negocios, turismo médico, visita, entre otros fines análogos; y así mismo, cuenten con recursos económicos propios y adecuados para mantenerse mientras dure su permanencia y que cumplan con la salida del territorio panameño, al expirar el período autorizado. 

Los países que hayan suscrito acuerdos de supresión de visa o que no requieran visa, gozarán de un período hasta 3 meses de turismo, contados a partir del momento de su entrada al país.

Se exceptúan a los ciudadanos de Estados Unidos de América y Canadá que gozarán de 180 días o 6 meses de turistas en Panamá. 

 

Recuerde presentar a su ingreso a Panamá: 

1. Su pasaporte o documento de viaje original, con mínimo de 3 meses de vigencia. 

2. La reserva comprobada de salida del país, dentro del período establecido.

3. Una prueba de solvencia económica para su manutención y sustento según el término de estadía en el país, la cual deberá ser cónsona con los términos que declara para su estadía y que en ningún caso podrá ser inferior a quinientos dólares ($500.00)

4. Cumplir con las normas y medidas sanitarias establecidas por el Ministerio de Salud de Panamá.

 

 

Requisitos para solicitar Visa de Turista:

 

1.  Completar el formulario de visa.

 

2. Presentar original y copia completa del pasaporte o documento de viaje con un mínimo de tres (3) meses de vigencia.

 

3. Copia de reservación aérea comprobada con itinerario de continuación del viaje o tiquete electrónico.

 

4. Copia del documento de identificación o carné de residencia del país donde tenga su domicilio.

 

5.  Aportar tres (3) fotografías; cuando las solicitudes de visa se presenten en el exterior, exceptuando la visa de turista presentada ante el Servicio Nacional de Migración en la República de Panamá.

 

6. Pagar por los servicios migratorios la suma de cincuenta balboas (B/.50.00), al momento de la presentación ante el Servicio Nacional de Migración.

 

7. Una prueba de solvencia económica para su manutención y sustento según el término de estadía en el país, la cual no podrá ser inferior a quinientos balboas (B/.500.00) y se demostrará con alguna de las siguientes opciones:

 

a. Cheque certificado o giro bancario a nombre del solicitante

b. Cheques viajeros a nombre del solicitante.

c.  Certificación bancaria, con estado de cuenta del último mes que refleje saldos disponibles.

d. Tarjeta de crédito con el estado de cuenta del último mes que refleje saldos disponibles.

e. Certificado de trabajo con último recibo de sueldo o acreditación de trabajador independiente, en caso de tratarse de un empleado de entidad pública o privada.

f. Documento que demuestre la pensión o jubilación con su comprobante de pago; de tratarse de una persona pensionada o jubilada.

g. De ser independiente: declaración de renta del último año fiscal. 

h. Referencia bancaria, si se trata de un comerciante.

i. Carta de responsabilidad, certificación que compruebe el parentesco y prueba de solvencia económica si se trata de una persona económicamente dependiente.

g. Cualquier otra opción que pruebe su ingreso y que sea aceptable para el Servicio Nacional de Migración.

 

8.  Aportar el último permiso que le fue aprobado por la autoridad migratoria (si procede).

 

9. Reservación de hotel confirmada, (si procede).

 

10. Presentar, si procede, carta de invitación, en cuyo caso podrá ser realizada por:

 

10.1. Residentes temporales o permanentes o panameños desde Panamá, adjuntando lo siguiente según el caso:

a. Copia autenticada de cédula de identidad personal del nacional.

b. Copia de las generales del pasaporte y del documento de identificación personal del extranjero.

c.  Copia de recibo de pago por la prestación de servicios públicos, donde conste la ubicación de la residencia del responsable.

 

10.2. Entidades privadas,  deberán adjuntar lo siguiente:

a . Certificación del Registro Público

b.  Copia del Aviso de Operaciones.

c . Copia de la clave de operación de la Zona Libre de Colón (si procede).

d.  Copia de recibo de pago por la prestación de servicios públicos donde conste la ubicación de la empresa responsable.

 

11. De aplicarse el numeral anterior, la solvencia económica del responsable que invita podrá acreditarse con alguno de los siguientes documentos:

a. Certificación bancaria

b. Declaración de renta con su paz y salvo.

c.  Carta de trabajo con última ficha de la Caja de Seguro Social en el caso de personas naturales.

 

 

 

 

NOTA ESPECIAL: Cuando la solicitud sea para persona menor de edad, deberá hacerse por uno de sus progenitores o quien tenga la guarda y crianza acreditada.

 

 

 

Para solicitar Visa de Turista en Panamá  Contáctenos

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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