Permisos de Trabajo Retornar

Permiso de Trabajo para Trabajador Migrante Refugiado con Residencia Permanente en Panamá

El trabajador migrante reconocido con el estatuto de refugiado en la República de Panamá, que obtengan la residencia permanente con diez (10) o más años de residencia en el país , podrá solicitar un permiso de trabajo indefinido; para lo cual deberá cumplir con lo siguiente:

 

Requisitos para Permiso de Trabajo para Trabajador Migrante Refugiado con Residencia Permanente:

 

 

1. Filiación del solicitante ante la instancia correspondiente.

 

2. Poder autenticado ante Notario Público.

 

3. Solicitud por medio de abogado.

 

4. Certificado expedido por el Servicio Nacional de Migración donde conste el estatus migratorio del solicitante o validación en línea de dicho documento.

 

5. Copia de las páginas del pasaporte donde aparezca la foto y los datos generales de su titular o validación en línea RUEX o cualquier otro mecanismo que dispongo el Servicio Nacional de Migración.

 

 

6. Copia del carné de trámite, carné de residencia provisional o permanente, emitida por el Servicio Nacional de Migración, o copia del carné de residente permanente emitido por el Tribunal Electoral de Panamá, autenticado por dicha entidad, según corresponda.

 

7. Certificación que compruebe los movimientos migratorios durante su residencia en el país, que evidencie no haber permanecido fuera del territorio nacional por más de dos (2) años consecutivos.

 

8. Al menos uno de los siguientes requisitos:

a. Contrato de Trabajo y Ficha de la Caja de Seguro Social

b. Declaración de Renta del solicitante.

c. Aviso de Operaciones, en caso de ser titular del mismo.

 

9. Copia autenticada de la resolución por el cual la CONARE que otorgue el reconocimiento de la condición de refugiado del solicitante.

 

10. Certificación de la ONPAR que haga constar que se ha reconocido de la condición de refugiado por la CONARE.

 

 

Nota: Con respecto a la certificación de movimiento migratorio requerida para las distintas modalidades de permiso de trabajo, en caso de que el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral verifique que la persona ha tenido movimientos migratorios fuera del territorio nacional, deberá notificar a la ONPAR para constatar que haya cumplido con los permisos exigidos y la ONPAR, a su vez, deberá dar respuesta de este hecho en período no mayor de quince (15) días calendario.

 

 

 

Primera vez:                    Indefinido

Renovación del carné:    Cada 5 años

 

 

 

 

 

 

Para solicitar permiso de trabajo para trabajador migrante  en condición de refugiado que haya sido reconocido como refugiado en la República de Panamá, que tengan diez (10) o más años  Contáctenos