Permisos de Trabajo Retornar

Permiso de Trabajo para Trabajador Migrante Contratado como Personal de Confianza de un Empleador Cuyas Transacciones se Perfeccionan Consuman o Surtan sus Efectos en el Exterior Exclusivamente

En Panamá el empleador podrá solicitar permiso de trabajo para trabajador migrante contratado como personal de confianza, siempre que ésta se dedique exclusivamente a mantener oficinas con el fin dirigir transacciones que perfeccionen, consuman o surtan sus efectos en el exterior y los salarios del trabajador provengan de fuente extranjera.

Las empresas que contraten personal dentro de esta categoría de permiso de trabajo podrán hacerlo localmente o recibir trabajadores migrantes contratados por una compañía internacional cuyas transacciones se perfeccionen, consuman o surtan sus efectos en el exterior.

Para esta categoría de permiso de trabajo deberán cumplir con lo siguiente:

 

Requisitos para Permiso de Trabajo para Trabajador Migrante Contratado como Personal de Confianza de un Empleador Cuyas Transacciones se Perfeccionan Consuman o Surtan sus Efectos en el Exterior Exclusivamente en Panamá:

 

1. Filiación del solicitante ante la instancia correspondiente.

 

2. Poder autenticado ante Notario Público.

 

3. Solicitud por medio de abogado.

 

4. Certificado expedido por el Servicio Nacional de Migración donde conste el estatus migratorio del solicitante o validación en línea de dicho documento.

 

5. Copia de las páginas del pasaporte donde aparezca la foto y los datos generales de su titular o validación en línea RUEX o cualquier otro mecanismo que dispongo el Servicio Nacional de Migración.

 

6. Copia del carné de trámite, carné de residencia provisional o permanente, emitida por el Servicio Nacional de Migración, o copia del carné de residente permanente emitido por el Tribunal Electoral de Panamá, autenticado por dicha entidad, según corresponda.

 

7. Certificación emitida por el Registro Público de Panamá, donde conste la existencia de la sociedad panameña o de la sociedad extranjera debidamente registrada en Panamá, que contrata al solicitante.

 

8. Certificación emitida por el Ministerio de Comercio e Industrias en donde conste que la empresa no requiere un Aviso de Operaciones para operar en el país, cuando se trate de regímenes especiales, copia de la licencia, clave de operaciones, registro o autorización que les permite operar con esos beneficios.

 

9. Carta de trabajo donde conste:

9.1. Las generales de la compañía contratante de trabajador migrante trabajadora en la República de Panamá.

9.2. Que posee un cargo y funciones a nivel ejecutivo o a nivel directivo u operativo de la compañía internacional.

9.3. Sus funciones, las cuales deben ser acordes con su cargo.

9.4. El salario del trabajador y que el mismo proviene de fuente extranjera.

 

 

 

Primera vez:                                   2 años

Prórroga:                                        3 años

Cantida máxima de prórrogas:      3 

 

 

 

 

Para solicitar el Permiso de Trabajo para Trabajador Migrante Contratado como Personal de Confianza de un Empleador Cuyas Transacciones se Perfeccionan Consuman o Surtan sus Efectos en el Exterior Exclusivamente Contáctenos

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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