Las empresas dentro del régimen EMMA que requieran contratar trabajadores migrantes poseedores de Visa de personal Temporal de Empresa Multinacional para la prestación de servicios relacionados con la Manufactura (EMMA), cumplirán con la presentación de los siguientes requisitos.
Requisitos para Permiso de Trabajo para Trabajador Migrante Poseedor de Visa de Personal Temporal de una EMMA:
1. Filiación del solicitante ante la instancia correspondiente.
2. Poder autenticado ante Notario Público.
3. Solicitud por medio de abogado.
4. Copia de las páginas del pasaporte donde aparezca la foto y los datos generales de su titular o validación en línea RUEX o cualquier otro mecanismo que dispongo el Servicio Nacional de Migración.
5. Copia de carné de trámite, carné de residencia provisional o permanente, emitida por el SNM, o copia del carné de residente permanente emitido por el Tribunal Electoral (TE) de Panamá, autenticado por dicha entidad, según corresponda.
6. Certificación expedida por la Secretaría Técnica de la Comisión de Licencias de Sede de Empresas Multinacionales, donde se acredite que la empresa solicitante se encuentra autorizada bajo este régimen.
7. Poder otorgado por el representante legal de la empresa, en remplazo del poder descrito en el numeral 2 de los requisitos comunes.
8. Contrato de Trabajo registrado ante el MITRADEL.
9. Aviso de Operación u otro tipo de certificación, permiso, registro, clave de operación o licencia que demuestre que la empresa se encuentra autorizada para ejercer la actividad a la cual se dedica;
10. Copia de la planilla de la CSS, que corresponda con el comprobante de pago, únicamente en aquellas empresas que tengan veinte (20) trabajadores o menos.
11. En aquellas empresas que tengan más de veinte (20) trabajadores, una certificación de la planilla de la CSS, que corresponda con el comprobante de pago, o en su defecto certificación expedida por contador público autorizado, en caso de que aplique, conforme al artículo 143 del Decreto Ejecutivo 6 de 2023.
12. Certificación expedida por la Secretaría Técnica de la Comisión de Licencias de Sede de Empresas Multinacionales, donde se acredite que la empresa solicitante se encuentra autorizada bajo este régimen.
Primera vez: 2 años
Prórroga: 2 años
Cantidad máxima de prórrogas: Mientra mantenga la condición de Visa de Personal Temporal de Empresa Multinacional para la prestación de servicios relacionados con la Manufactura (EMMA)
Para solicitar permiso de trabajo para trabajador migrante poseedor de Visa de Personal Temporal de Empresas Multinacional para la presentación de servicios relacionados con la Manufactura (EMMA). Contáctenos
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